Tus Derechos

Violencia intrafamiliar, a partir del 1° de octubre se otorgará una reparación económica a niños y niñas víctimas de femicidios

En qué consiste la ley

El derecho está dirigido a niños, niñas, adolescentes y jóvenes menores de 21 años y a los hijos e hijas con discapacidad sin importar su edad. Y será administrada por la persona adulta que acredite estar a su cuidado.

El régimen es compatible con la asignación universal por hijo, pensiones, alimentos u otras asignaciones familiares percibidas por los titulares de la reparación. Además, dispone la cobertura integral de la salud física y psíquica de los niños en un sentido amplio, y su seguimiento y control por parte del Ejecutivo.

¿Por qué Brisa?

La ley lleva el nombre emblemático, pero es una situación que se repite de a cientos en el país. Brisa es la hija más chica de Daiana Barrionuevo, una joven que fue asesinada a golpes por su pareja el 20 de diciembre de 2014, en Moreno. El hombre, Iván Adalberto Rodríguez, buscó encubrirse y la denunció por abandono de hogar, por “fugarse con un amante”. El cadáver de Daiana fue encontrado en el río dentro de una bolsa y el femicida fue detenido.

Brisa, que hoy tiene cinco años, y sus hermanos gemelos, Elías y Tobías, a cargo de su abuelo, no son las únicas infancias vulneradas por las vidas que se lleva la violencia de género. Desde 2008, 3.320 hijos e hijas quedaron sin madre, según datos La Casa del Encuentro. De ese total, el 66 por ciento son menores de edad.

La reparación económica a favor de los destinatarios será retroactiva a la fecha de la comisión del delito que la origina cuando este se produjo con posterioridad a la sanción de la Ley N° 27.452. Para los supuestos en donde la comisión del delito que origina la reparación económica se haya producido con anterioridad a la sanción de la Ley N° 27.452, su aplicación será retroactiva a la fecha de la promulgación.

Mediante el Decreto 871/2018, publicado el 1 de octubre de 2018 en el Boletín Oficial, se reglamentó la Ley 27.452, la cual creó el Régimen de Reparación Económica para las Niñas, Niños y Adolescentes en aplicables en los siguientes supuestos:

 

  • Cuando su progenitor y/o progenitor afín haya sido procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora;

 

  • Cuando la acción penal seguida contra su progenitor y/o progenitor afín, en la causa penal donde se investigue el homicidio de su progenitora, se haya declarado extinguida por muerte;

 

  • Cuando cualquiera de sus progenitores y/o progenitores afines haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género.

 

Además, el decreto reglamentario crea la Comisión Permanente de Seguimiento de la Ley 27.452 que tendrá por finalidad el monitoreo y control del Régimen de Reparación Económica para niñas, niños y adolescentes.

 

Dicha Comisión será el órgano encargado de promover el seguimiento social de los menores, su ámbito familiar y de los/las guardadores/as, tutores/as, curadores/as, adoptantes, priorizando las solicitudes de los destinatarios/as que acrediten situación o riesgo de vulnerabilidad socio-económica.