Tus Derechos

Los pacientes oncológicos tienen cobertura del 100% de todos los tratamientos que indiquen los profesionales médicos

En noviembre de 2017 Gladys Inés Martínez inició una acción de amparo contra IOMA para que cubra el 100% de su tratamiento oncológico.
En aquel entonces, desde la Clínica Jurídica del Colegio de Abogados de Morón se confeccionó la acción de amparo que se interpuso en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, artículo 20 inc. 2 de la Constitución Provincial y ley 13.928.
Mediante esta acción, se demandó a la obra social a cubrir al 100% el costo del tratamiento prolongado de los medicamentos que la paciente requería.
Previamente, IOMA había negado la cobertura de la droga IBRANCE lo cual generó la interrupción del tratamiento contra el cáncer, circunstancia que puso en grave peligro la salud y la vida de Gladys.
El Juzgado de Garantías del Jóven, N° 1, a cargo de la Dra. Mirta Liliana Guarino ordenó a las 24 horas de recibida la acción, que tanto el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires como IOMA deberían costear el tratamiento médico y la entrega de las drogas de manera regular y oportuna, decretando una medida cautelar innovativa. Considerando que la medicación resultaba imprescindible para continuar con su tratamiento contra el cáncer.

El accionar de IOMA generaba una flagrante violación al derecho a la salud y la vida (art. 14, 14 bis, 75 inc. 22 CN, arts. 12 del Tratado de Derechos Económicos Sociales y Culturales arts. I y XI de la Declaración americana de Derechos y Deberes del Hombre, arts. 3 y 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, e importa en particular una conducta contraria a lo dispuesto por la Ley 23.611: Declárese de interés nacional la lucha contra el cáncer (…) y la ley 27.285 (2016): Ley del Instituto Nacional del Cáncer que establece: “Promover un modelo de atención integral y continua de la población en lo concerniente a las enfermedades tumorales que comprenda la prevención, el tratamiento oncológico y los cuidados paliativos”. Asimismo, se destaca que la droga había sido aprobada recientemente por el Ministerio de Salud, Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos ANMAT, por disposición n° 9253, de fecha 16 de agosto de 2016.