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Antenas, regulación y derecho ambiental

En los últimos años es evidente la expansión de los servicios de telecomunicaciones inalámbricos y con ello el incremento y la necesidad de instalación de antenas en los barrios, en terrenos baldíos o en las terrazas de edificios. Pareciendo que cualquier espacio libre es válido para que ellas lo ocupen, con el fin de mejorar la calidad de las comunicaciones, pero generando cuestionamientos acerca de la posible contaminación electromagnética.

 


¿Cuáles son los organismos públicos que intervienen en la regulación?
En Argentina los servicios de telecomunicaciones son de competencia nacional, pero la regulación y el control de las infraestructuras necesarias para la prestación se complementan también con normativas provinciales y municipales.

Nación:
Ente Nacional de Comunicación – ENACOM
Los servicios de telecomunicaciones se encuentran bajo la jurisdicción del Estado nacional por lo que, más allá que la prestación se efectúe mediante empresas públicas, privadas o mixtas, se encuentran regulados por normas federales. El estado nacional en 2002 sancionó la Ley General del Ambiente N° 25.675 que en su artículo 4 acordó un conjunto de principios ambientales como el de congruencia que estipula que las legislaciones provinciales y locales deben adecuarse a dicha ley; el precautorio que establece que cuando exista peligro de daño grave o irreversible,la ausencia de información o de certezas científicas no deben usarse para postergar la toma de medidas; el de progresividad que  implica la gradualidad en el logro de los objetivos ambientales; el de responsabilidad que acuerda que el generador de daño ambiental es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas; y el de sustentabilidad que supone que el desarrollo económico y social debe efectuarse con una gestión adecuada del ambiente y no comprometer las generaciones presentes y futuras, entre otras interpretaciones a la ley.

Previo a esto, en 1995, el gobierno nacional determinó los estándares máximos para las RNI. Esto lo efectuó mediante la Resolución 202 del Ministerio de Salud que fijó el “estándar nacional de seguridad para la exposición a radiofrecuencias comprendidas entre 100 KHz y 300 GHz”.

Para acceder a la posibilidad de hacer reclamos al Ente responsable a nivel nacional se puede ingresar a la opción que brinda ENACOM: DENUNCIAS Y RECLAMOS

Provincias

En Argentina las provincias son responsables indelegables de la política ambiental en sus territorios. Por lo que también tienen la responsabilidad de controlar las emisiones de las estaciones y de otras formas de la contaminación. Lo que convierte a la temática de la regulación y control de las antenas y las emisiones en un área de interdependencia, de responsabilidades compartidas entre los niveles de gobierno.
En la provincia de Buenos Aires el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) es el encargado de controlar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de emisiones y contaminación. En este caso, ante la mínima sospecha del mal funcionamiento de una antena cualquier persona interesada puede realizar la correspondiente denuncia: DENUNCIAS Y RECLAMOS

Municipios

La ubicación y habilitación de la estructura soporte, como obra civil de cemento o hierro, que se emplaza para lograr determinada altura y firmeza para la instalación de las antenas es una función de los municipios, que tienen la responsabilidad del ordenamiento de las antenas y sus estructuras.