Tus Derechos

Abuso sexual infantil. Rompamos el silencio

El abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes es una de las peores formas de violencia contra la niñez y adolescencia. Sin embargo, la mayoría de los casos no son detectados ni denunciados.

 

Es por eso que desde Tus Derechos te ofrecemos un punteo de acciones importantes para proteger los derechos, denunciarlos en su caso o prevenirlos. Gran parte de la información fue obtenida de la Guía para tomar acciones proteger derechos de Unicef:

 

Los niños cuando adquieren la mayoría de edad pueden denunciar el abuso sexual del que fueron víctimas, sin importar el tiempo transcurrido desde que el abuso fue cometido. Los delitos contra la integridad sexual de niños no prescriben. La Ley 27.206 aprobada en octubre 2015 modificó el Artículo 67 del Código Penal sobre prescripción penal.

1. Rompamos el silencio:
Dialoguemos con niños, niñas y adolescentes sobre el tema. Hablar es empezar a prevenir.La sexualidad no tiene que ser un tabú: hablemos con los chicos sobre el tema.

La única manera de fortalecer a los niños, niñas y adolescentes es creando espacios de diálogo, confianza y aprendizaje. De esta manera, les damos herramientas para cuidarse, saber cuáles son sus deseos, cómo intervenir cuando algo no les gusta o les genera incomodidad y cómo pedir ayuda en el caso que no pudieran resolver algo por sí mismos.
No hay edades específicas para hablar de sexualidad. El tema puede ser tratado incluso con niños y niñas pequeños, siempre respetando su edad y su capacidad de entender de qué les estamos hablando. La importancia de escuchar al niño cuando toma la palabra radica en que su descripción frecuentemente es la más importante, poderosa y, en muchas ocasiones, la única evidencia del abuso cometido en su contra. Por ese motivo, es imprescindible prestarles atención, privacidad y escucharlos sin juzgarlos. Las víctimas de abuso sexual con frecuencia callan: por miedo, culpa, impotencia, desvalimiento, vergüenza. Suelen experimentar un trauma peculiar y característico de este tipo de abusos: se sienten cómplices, impotentes, humillados y estigmatizados. Este trauma psíquico se potencia con el paso del tiempo, cuando la consciencia de lo sucedido es mayor.
La sexualidad no es un tema más, sino algo que atraviesa la convivencia diaria. Hablar de este tema es hablar del respeto por las diferencias, por conocer  nuestro cuerpo y el del otro, por cuidarnos y cuidar al otro.

2. ¿Qué es el abuso sexual infantil?
El abuso sexual infantil es un delito que existe cuando:

  • un adulto utiliza a un niño, niña o adolescente para estimularse sexualmente;
  • un adulto estimula sexualmente a un niño, niña o adolescente; o
  • un adulto utiliza a un niño, niña o adolescente para estimular sexualmente a otra persona.
  • Puede haber abuso sexual infantil aunque no haya acceso carnal.

El abuso sexual ocurre cuando un niño es utilizado para la estimulación sexual de su agresor (un adulto conocido o desconocido, un pariente u otro niño) o la gratificación de un observador. Implica toda interacción sexual en la que el consentimiento no existe o no puede ser dado, independientemente de si el niño entiende la naturaleza sexual de la actividad e incluso cuando no muestre signos de rechazo.
El contacto sexual entre un adolescente y un niño o una niña más pequeños también puede ser abusivo si hay una significativa disparidad en la edad, el desarrollo, el tamaño o si existe un aprovechamiento intencionado de esas diferencias.
La interacción abusiva, que puede ocurrir con o sin contacto sexual, incluye:
Los manoseos, frotamientos, contactos y besos sexuales.
– El coito interfemoral (entre los muslos).
– La penetración sexual o su intento, por vía vaginal, anal y bucal.
– El exhibicionismo y el voyeurismo.
– Actitudes intrusivas sexualizadas, como efectuar comentarios lascivos e indagaciones inapropiadas acerca de la intimidad sexual de las víctimas.
– La exhibición de pornografía. En ocasiones, disfrazada como “educación sexual”.
– Instar a que las víctimas tengan sexo entre sí o fotografiarlos en poses sexuales.
– Contactar a una víctima vía internet con propósitos sexuales (grooming).

3. Derechos Vulnerados
El abuso sexual contra los niños es una de las peores formas de violencia. Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral. Se daña su derecho a la integridad, la intimidad, la privacidad y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos. Estos derechos se encuentran protegidos a nivel internacional por la
Convención sobre los Derechos del Niño. A nivel nacional y provincial, en diversas normas, entre las que se destaca la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes.

El abuso sexual es una forma de violencia previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, que en su artículo 647 prohíbe específicamente cualquier tipo de malos tratos o hechos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los niños por parte de quien tenga a su cargo la responsabilidad parental.

El abuso sexual, además, es un delito sancionado penalmente por el Código Penal de la Nación en su Título III “Delitos contra la integridad sexual” (artículos 118 a 133). Están previstos tres tipos de abuso sexual. El Código Penal de la Nación en su Título III (Arts. 118 a 133) contempla los delitos contra la integridad sexual. Específicamente, en los artículos 119 y 120 establece los distintos tipos y agravantes del delito de abuso sexual. En los artículos siguientes contempla los demás delitos contra la integridad
sexual como la corrupción de menores, la pornografía infantil, la explotación sexual comercial contra
niños, entre otros.

4. ¿Quiénes pueden ser víctimas de abuso sexual?
Cualquier niño puede ser víctima de abuso sexual, independientemente de su edad, género, etnia y nivel sociocultural. A diferencia del maltrato físico y la negligencia, en los que el agresor es típicamente una figura parental, el agresor de un abuso sexual contra los niños puede ser cualquier persona.

5. ¿Cómo identificar a un agresor sexual?
No existe una manera de saber, a partir del tipo de personalidad o la conducta social, si una persona es o no un agresor sexual de niños. Pueden ser personas exitosas, médicos, psicólogos, abogados, docentes, líderes religiosos y juveniles como los guías estudiantiles que realizan viajes de egresados o los entrenadores deportivos.
Los agresores sexuales circulan disimulados en el entorno familiar y social. Las estadísticas indican que la mayoría de los abusadores son varones heterosexuales adaptados socialmente. Suelen presentarse a sí mismos como personas afectuosas y humanitarias hacia el mundo exterior, mientras que la relación que establecen con el niño abusado sexualmente está basada en amenazas, control e intimidación.

6. ¿Quiénes pueden ser víctimas de abuso sexual?
Cualquier niño puede ser víctima de abuso sexual, independientemente de su edad, género, etnia y nivel sociocultural. A diferencia del maltrato físico y la negligencia, en los que el agresor es típicamente una figura parental, el agresor de un abuso sexual contra los niños puede ser cualquier persona.

7. ¿Cómo identificar a un agresor sexual?
No existe una manera de saber, a partir del tipo de personalidad o la conducta social, si una persona es o no un agresor sexual de NNyA. Pueden ser personas exitosas, médicos, psicólogos, abogados, docentes, líderes religiosos y juveniles como los guías estudiantiles que realizan viajes de egresados o los entrenadores deportivos.
Los agresores sexuales circulan disimulados en el entorno familiar y social. Las estadísticas indican que la mayoría de los abusadores son varones heterosexuales adaptados socialmente.
Suelen presentarse a sí mismos como personas afectuosas y humanitarias hacia el mundo exterior, mientras que la relación que establecen con el niño abusado sexualmente está basada en amenazas, control e intimidación.

8.¿Cómo actuar ante la toma de conocimiento de un caso de abuso sexual?

En todos los casos, se deben tomar recaudos para proteger al niño o la niña. Esa protección implica, entre otras medidas, procurar que reciba contención y atención inmediatas, y dar intervención a la Justicia. Los niños no deben ser interrogados bajo ninguna circunstancia. Sólo se debe procurar la información mínima sobre el hecho que permita determinar qué paso, cuándo, dónde y quién lo hizo. Es importante asegurarle que no es su culpa y reforzar en él la idea de que fue muy valiente al atreverse a develar lo sucedido, ya que representa el inicio de su recuperación.

9. Denuncia
Según el artículo 19 de la Ley 26.061, cualquier persona que sospeche o tome conocimiento de malos tratos o situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, lo mismo que cualquier otra violación a sus derechos tiene la obligación de comunicarlo al organismo de protección.
Los adultos que tienen a cargo la responsabilidad parental y quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos y de salud del ámbito público o privado no solamente deben comunicar al organismo de niñez la situación de abuso para que puedan tomarse las medidas de protección necesarias, sino que además tienen la obligación legal de realizar la denuncia judicial.El deber de denunciar los casos de abuso sexual contra niños se encuentra prescripto en diversas leyes en nuestro país, entre ellas se destacan: la Ley Nacional 24.417 de protección contra la violencia familiar
(art. 2); la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes (art. 30
y 31); Ley 26.206 de Educación Nacional (art. 67); leyes procesales penales de las diversas jurisdicciones
del país que establecen el deber de todo funcionario público de denunciar los delitos a los que tengan
conocimiento. La obligación de denunciar rige tanto para las situaciones de abuso, maltrato, negligencia
y abandono.

Fuente: Unicef